Normas de Convivencia
Los derechos y deberes de los alumnos/as usuarios del comedor escolar vienen recogidos en el R.D. 732/1995 de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros. Las normas de convivencia serán:
-Asistir al comedor con puntualidad.
-Lavarse las manos antes y después de comer.
-Permanecer bien sentado en las mesas hasta acabar de comer.
-Seguir las orientaciones de los monitores.
Cumplir y respetar los horarios establecidos para cada turno de comidas.
-Cuidar y utilizar correctamente los utensilios de menaje.
-Consumir todos los alimentos que compongan el plato de comida, salvo que los padres manifiesten un justo impedimento. Cuando un alumno/a no pueda tomar algún tipo de alimento deberá justificarlo por escrito y bajo prescripción médica, atendiendo su solicitud dentro de las posibilidades del servicio de cocina.
-No tirar objetos ni desperdicios de comida al suelo.
-Permanecer en el recinto escolar, excepto en los casos que los padres autoricen por escrito el permiso de salida del centro.
-Comunicar a la administradora del comedor cuando un alumno/a no vaya a utilizar este servicio.
-Respetar y obedecer al personal de vigilancia.
-Colaborar y participar como responsables de mesa.
Los alumnos/as usuarios de comedor, durante su horario, utilizarán sólo aquellas dependencias del centro que se señalen a tal efecto.
-Y aquellas normas de convivencia que establece el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
-En caso del incumplimiento de estas normas de convivencia o las que se señalan en el Reglamento de Régimen Interior del centro, se aplicará el apartado de sanciones contempladas para cada caso.